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En creación de Plan Municipal de Desarrollo, debe consultarse a pueblos originarios

El diputado Édgar Díaz Fuentes presentó al Pleno la iniciativa de decreto que adiciona un tercer párrafo a la fracción IV, del Artículo 35 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, con la finalidad de establecer que, en la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo (PMD), los Ayuntamientos que cuenten con población indígena, originarios y afromexicanos tienen que consultarles respecto a la integración del citado documento de planeación.

De acuerdo con el integrante del Grupo Legislativo Mixto Veracruz nos Une (VNU), deberán incorporarse las recomendaciones y propuestas que realicen, en cumplimiento con lo dispuesto en las Constituciones Políticas Federal y Estatal, así como en lo previsto en Tratados Internacionales en materia de derechos de pueblos y comunidades indígenas.

En la tribuna y durante la primera sesión, del Segundo Periodo Ordinario, correspondiente al Segundo Año de Labores, el diputado Díaz Fuentes subrayó que la fracción XIV del apartado B, del artículo 5 de la Constitución Política del Estado, establece una obligación análoga para las autoridades estatales y municipales, al disponer que debe consultarse a los pueblos indígenas u originarios y a los afromexicanos en la elaboración del Plan Veracruzano de Desarrollo y de los PMDs y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que realicen.

Agregó que el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), refiere en su artículo 6° la obligación de los gobiernos de consultar a los pueblos indígenas, mediante procedimientos apropiados y a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.

De igual forma, precisó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha construido una sólida y reiterada línea jurisprudencial en materia del derecho a la consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas al instituir que la consulta debe ser previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada, con la finalidad de llegar a un acuerdo, y que la obligación del Estado es asegurar que todo proyecto o medida que incida en los derechos e intereses de los pueblos indígenas sea tramitado y decidido con su participación efectiva.

Tras la lectura de la iniciativa, la Mesa Directiva, presidida por la diputada Naomi Edith Gómez Santos, envió la propuesta legislativa a las Comisiones Permanentes Unidas de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal y de Asuntos Indígenas y de las Comunidades Afrodescendientes, para su análisis y dictamen.