La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este miércoles al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto en esa entidad, al conceder un amparo a la asociación Servicios Humanitarios En Salud Sexual y Reproductiva que promueve los derechos reproductivos y sexuales de las mujeres y presta directamente el servicio de interrupción del embarazo.
Por cuatro votos a favor y con el voto en contra del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat fue avalado en sesión.
Sin embargo, el proyecto original tuvo cambios de último momento porque solo iba por amparar a la organización civil y no ordenar la derogación que criminalizan el aborto en el estado de Yucatán, pero los efectos cambiaron por tres votos de los ministros para que se sigan criterios anteriores como en Aguascalientes, en el que Corte dio esa orden al Congreso local.
Servicios Humanitarios En Salud Sexual y Reproductiva AC promovió un juicio de amparo indirecto en el que sostuvo que la cláusula constitucional que protege la vida desde la fecundación y el sistema normativo que penaliza el aborto en la entidad federativa vulneran el derecho humano a decidir de los grupos que acompaña.
Según el proyecto de Ríos Farjat, la asociación acusó que estas normas le impiden cumplir libremente con su objeto social, ya que la amenaza de criminalización influye en las condiciones en las que desarrolla su labor, genera un efecto disuasivo en quienes desean interrumpir su embarazo de forma voluntaria y reproduce una visión social que impone la maternidad como destino obligatorio.
El juez que resolvió el caso consideró que la asociación civil no demostró que se dedicara a practicar interrupciones del embarazo, por lo que consideró que las normas no le afectaban ni siquiera indirectamente.