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Salvaguardar a las personas mayores y su patrimonio, plantea diputada

Para proteger a las personas adultas mayores y su patrimonio, la diputada Elizabeth Morales García propuso crear en la legislación estatal la figura de Captación Patrimonial Abusiva, entendida como la obtención o el intento de obtener beneficios patrimoniales mediante manipulación emocional, abuso de confianza, engaño, influencia indebida o aprovechamiento de condiciones de vulnerabilidad.

La legisladora hizo uso de la palabra durante la Decimocuarta Sesión del Segundo Periodo Ordinario para presentar su proyecto, el cual adiciona al Artículo 1748 del Código Penal del estado explicitaciones relativas a la manera de obtener beneficios de manera ilegítima.

De acuerdo con esto, procedería con dolo quien se aproveche indebidamente de la situación de vulnerabilidad, dependencia, aislamiento, deterioro cognitivo o necesidad de una persona mayor para obtener de ésta la celebración de actos de disposición patrimonial en beneficio propio o de terceros.

La presión o intervención capaz de afectar sustancialmente la libertad de decisión de la persona mayor quedaría definida como influencia indebida.

Además, existiría captación patrimonial abusiva cuando quien obtenga el beneficio patrimonial sea la persona encargada del cuidado permanente de la persona mayor y el acto implique una disminución sustancial de su patrimonio.

Asimismo, una adición al Artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Mayores busca garantizar que gocen del derecho a la protección de su patrimonio frente a actos de abuso, manipulación, engaño, influencia indebida o aprovechamiento de condiciones de vulnerabilidad que tengan por objeto la obtención de bienes, derechos o beneficios económicos.

La Iniciativa –aclara su autora- no limita la capacidad jurídica ni restringe la libertad de disposición patrimonial de las personas mayores; por lo contrario, fortalece su autonomía al garantizar que las decisiones relativas a sus bienes y derechos patrimoniales sean producto de una voluntad auténticamente libre, informada y exenta de presiones indebidas.

Por último, incorpora expresamente el derecho de las personas mayores a la protección de su patrimonio, fortaleciendo el catálogo de derechos reconocido por la legislación estatal.

La Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan el párrafo segundo al Artículo 1748 y los artículos 1748 Bis, 1748 Ter y 1748 Quater al Código Civil, así como la fracción IX al Artículo 5 de la Ley Número 560 de los Derechos de las Personas Mayores, ambos del estado de Veracruz, fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables.

Se adhirieron la diputada María Elena Córdova Molina y los grupos legislativos de Morena, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y del Partido Acción Nacional (PAN).